Vender una VPO en Alicante: plazos, precio máximo y pasos para hacerlo
legalmente (guía 2026)
¿Tienes una vivienda de protección oficial en Alicante y te planteas venderla? La primera noticia es buena: las VPO se pueden vender. La segunda es que, mientras la vivienda mantenga su protección, la venta tiene reglas propias: precio máximo legal, un comprador que debe cumplir requisitos y la intervención de la Generalitat Valenciana a través del visado. Saltarse cualquiera de estas piezas puede costarte la nulidad de la operación y una sanción.
Primer paso: averiguar si tu vivienda sigue siendo VPO
Es la pregunta que lo decide todo, y muchos propietarios no conocen la respuesta de su propia vivienda. El marco actual —el Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell— establece que todas las viviendas de protección pública, incluidas las calificadas bajo normativas anteriores, tienen un período de protección máximo de 30 años desde su calificación definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria mientras dure.
En la práctica, esto dibuja tres escenarios según la fecha de tu calificación definitiva:
Calificada antes de 1996: con toda probabilidad, el plazo ya ha vencido. Tu vivienda es, a efectos prácticos, libre: puedes venderla sin precio máximo ni autorización. Eso sí, acredítalo documentalmente antes de publicarla.
Calificada entre 1996 y 1999: el plazo está venciendo estos años. Hay que verificar la fecha exacta del expediente.
Calificada a partir de 2000: normalmente sigue protegida hasta bien entrada la década de 2030, y la venta se rige por las reglas que explicamos a continuación.
Excepción importante: las viviendas de promoción pública de la Generalitat mantienen su protección con carácter permanente y no se rigen por la regla de los 30 años.
El dato se comprueba en la cédula de calificación definitiva de tu vivienda o, si no la localizas, solicitando a la Generalitat la información oficial de precio máximo y plazo de protección (una simple tasa administrativa de 2,50 €). Ese certificado te dice, en un solo documento, si sigues protegido y a qué precio máximo puedes vender.
¿A qué precio puedes vender tu VPO?
Mientras la protección esté vigente, no puedes fijar el precio libremente: existe un precio máximo legal de venta, calculado sobre la superficie útil aplicando el módulo vigente (actualmente, un valor estándar de 2.400 €/m² útil en la Comunitat Valenciana, con garajes y trasteros vinculados computando al 60%). Dos matices que juegan a tu favor como vendedor:
Si tu vivienda es de promoción privada con calificación definitiva posterior a 1995, el precio máximo puede actualizarse al vigente en la fecha del contrato — es decir, no vendes al módulo antiguo de tu calificación, sino al actual, sensiblemente más alto.
Los garajes y trasteros no vinculados a la vivienda no tienen limitación de precio.
Lo que nunca debes hacer es pactar un sobreprecio o cobrar cantidades «aparte»: es una infracción grave conforme a la Ley 8/2004 de la Vivienda de la Comunitat Valenciana, puede acarrear la nulidad de la venta y deja la operación sin cobertura jurídica para ambas partes.
¿Recibiste ayudas o préstamo cualificado?
Compruébalo antes de nada, si en su día compraste con ayudas públicas o préstamo cualificado y no han transcurrido los plazos legales (con carácter general, diez años), necesitarás autorización administrativa previa para vender, y la operación puede implicar la devolución de las ayudas percibidas. Vender sin esa autorización es una infracción sancionable. Es una comprobación de cinco minutos que evita disgustos: revisa tu escritura de compra y la documentación del préstamo, o pregúntanos y lo verificamos por ti.
El comprador también debe cumplir requisitos (y eso condiciona tu venta)
Una particularidad de vender VPO que sorprende a muchos propietarios: no puedes venderle a cualquiera. El comprador debe ser persona física, destinar la vivienda a residencia habitual, no ser titular de otra vivienda en pleno dominio en España y no superar los límites de ingresos (con carácter general, 6,5 veces el IPREM de la unidad de convivencia, medidos sobre las bases imponibles del IRPF). La Administración lo comprueba antes de autorizar la operación.
¿Qué significa esto para ti como vendedor? Que cualificar al comprador antes de firmar las arras es tan importante como encontrarlo. Un comprador entusiasta que luego no pasa el filtro del visado te hace perder meses y, con un contrato de arras mal redactado, puede generar un conflicto sobre las cantidades entregadas. Si quieres ver la operación desde el otro lado, tenemos publicada la guía espejo para compradores: comprar una VPO de segunda mano en Alicante.
El procedimiento de venta, paso a paso
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Verificación previa: cédula de calificación, certificado de precio máximo y plazo de protección, nota simple, y comprobación de ayudas pendientes.
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Comercialización dentro del precio máximo y cualificación previa de los interesados (ingresos, titularidades, unidad de convivencia).
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Comunicación de la decisión de venta a la Generalitat, para viviendas con calificación definitiva posterior al 20 de abril de 2005, sujetas al derecho de tanteo y retracto de la Administración. Si la operación se tramita directamente con visado, la concesión de este implica la renuncia de la Administración al tanteo.
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Contrato privado de compraventa con las cláusulas obligatorias del artículo 46 del Decreto 180/2024 — y unas arras que prevean qué ocurre si el visado se deniega.
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Solicitud del visado en un máximo de 10 días desde la firma del contrato. La Generalitat comprueba requisitos del comprador, cláusulas y precio, y resuelve en un plazo máximo de 3 meses para segundas transmisiones.
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Escritura ante notario con la resolución de visado incorporada, e inscripción en el Registro de la Propiedad.
Consejo de calendario: no te comprometas a escriturar en menos de cuatro meses salvo que el visado ya esté concedido. Es el error de planificación más común en estas ventas.
¿Qué impuestos pagas al vender una VPO?
Como en cualquier venta de vivienda: la eventual ganancia patrimonial en el IRPF (con la exención por reinversión en vivienda habitual o la exención para mayores de 65 años, si procede) y la plusvalía municipal (IIVTNU), que corresponde al vendedor. La condición de VPO no añade impuestos especiales a la venta, aunque sí puede implicar la devolución de ayudas si vendes dentro del período de prohibición. Para el cálculo fino, consulta con tu asesor fiscal.
¿Y si te interesa más alquilar que vender?
Si tu vivienda ya ha salido del régimen de protección y no tienes prisa por vender, el alquiler puede ser una alternativa rentable en el mercado alicantino actual. En nuestro grupo, Arrentista —nuestra marca especializada en gestión integral del alquiler en la provincia de Alicante— se encarga de todo el ciclo: selección de inquilinos, contratos, cobros e incidencias, para que la vivienda produzca sin que tengas que ocuparte de nada. Vender o alquilar es una decisión de números: si dudas, te preparamos la comparativa de ambos escenarios con datos reales de tu zona.
Cómo te ayudamos en Tu Property in Spain
Vender una VPO en Alicante no es más difícil que vender una vivienda libre — es diferente, y el método lo es todo. Nos encargamos de la verificación completa de tu expediente (calificación, plazo, precio máximo, ayudas), la comercialización dentro del marco legal, la cualificación previa de los compradores para que ningún visado se caiga, el contrato con las cláusulas obligatorias y la tramitación ante la Generalitat hasta la firma en notaría.
¿Quieres saber si tu vivienda sigue protegida y a qué precio puedes venderla? Contacta con nuestro equipo: con la fecha de tu calificación definitiva te damos el diagnóstico en 24 horas.
Preguntas frecuentes sobre la venta de VPO
¿Puedo vender mi VPO antes de que acabe la protección?
Sí, en cualquier momento, respetando el precio máximo, con un comprador que cumpla los requisitos y tramitando el visado. Lo que no puedes es venderla como libre ni por encima del precio legal.
¿Cómo sé si mi VPO ya es vivienda libre?
Comprobando la fecha de calificación definitiva: con el tope general de 30 años, las calificadas antes de 1996 ya han agotado el plazo. El certificado oficial de precio máximo y plazo de protección (tasa de 2,50 €) lo acredita documentalmente.
¿Puedo vender mi VPO por encima del precio máximo si el comprador está de acuerdo?
No. El sobreprecio es infracción grave aunque haya acuerdo entre las partes, y puede acarrear la nulidad de la operación y sanciones.
¿Qué pasa si la Generalitat ejerce el tanteo?
En viviendas con calificación posterior al 20 de abril de 2005, la Administración puede adquirir la vivienda al precio de protección tras tu comunicación de venta. En la práctica, la concesión del visado implica su renuncia al tanteo.
¿Tengo que devolver las ayudas si vendo?
Solo si vendes dentro del período de prohibición (con carácter general, diez años desde el préstamo cualificado o la compra con ayudas), en cuyo caso además necesitas autorización previa. Fuera de ese plazo, con carácter general, no — aunque conviene revisar las condiciones concretas del plan de vivienda al que se acogió tu expediente.
¿Vender o alquilar mi antigua VPO?
Si ya está descalificada o el plazo ha vencido, ambas opciones están abiertas. Depende de tu situación fiscal, tu necesidad de liquidez y la rentabilidad de alquiler de tu zona: pídenos la comparativa.
Contenido informativo actualizado a agosto de 2026 conforme al Decreto 180/2024, la Ley 8/2004 y los trámites oficiales de la Generalitat Valenciana. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal; cada operación requiere análisis individualizado.


